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25 abril 2024

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Con la prórroga del aislamiento social hasta el 30 de agosto, no se permiten reuniones familiares.

By 18 agosto, 2020No Comments

A través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 677, publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo dispuso el “aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) exclusivamente para las personas que residan o se encuentren en los aglomerados urbanos y en los departamentos y partidos de las provincias que no cumplan positivamente los parámetros epidemiológicos y sanitarios” establecidos.

El resto del país permanecerá bajo la condición de distanciamiento social, que permite más flexibilizaciones y la puesta en marcha de mayores actividades, de igual manera, quedan prohibidas las reuniones familiares hasta el 30 de agosto; medida a la que la Provincia de Córdoba adhirió con por medio del Decreto 596.
Decreto:
[pdf id=6833]

Para alcanzar esta última categoría deben cumplirse tres requisitos: “El sistema de salud debe contar con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria; el aglomerado urbano, departamento o partido no debe poseer ‘transmisión comunitaria’ del virus y el tiempo de duplicación de casos confirmados de COVID-19 no debe ser inferior a 15 días”, consignó el Poder Ejecutivo.